RETO MÓDULO 1
He
visto varias veces este video en YouTube, en Instagram, en Tiktok, en los
periódico online. Me ha llamado muchísimo la atención. En él se ve a una chica
joven con un bebé que acaba de increpar a un chico de raza negra y proferir
insultos racistas.
https://youtube.com/watch?v=Bp_pvR8ntjk&si=asouPQZEGd0H2W6V
Hay
un chico que se levanta para decirle que pare ya y deje el chico negro en paz.
Y elle le da un puñetazo. Enseguida todos los pasajeros empiezan a defender a
los chicos y a ella le dicen que se baje del tren. Ella sigue insultando a todo
el mundo de manera violenta. No obstante, en la siguiente parada, avisan a
seguridad y la hacen abandonar el tren.
Esta
es la noticia y el contexto en el que sucede. El colectivo afectado es un chico
negro y es una discriminación por razón de raza.
Como
dice la Declaración Universal de los Derechos Humanos “Todos los seres humanos nacen libres e
iguales en dignidad y derechos y, dotados de razón y conciencia, tienen el
deber de comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
En
este caso ni ella se comporta fraternalmente ni el chico es tratado en con
dignidad e igualdad en sus derechos.
Además,
como dice el artículo 1 de la Constitución
Española “España se constituye en un Estado social y democrático de
Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la
libertad, la justicia, la igualdad y
el pluralismo político”.
El
derecho a la igualdad es un derecho fundamental y un derecho particular del
individuo que debe ser protegido. Y debe ser una igualdad real en la vida
social para mejorar las condiciones de vida de los grupos más desfavorecidos.
Que
se trata de una discriminación está muy claro. ¿Qué tipo de discriminación es?
Podría ser por razón de raza, color, idioma, religión, origen nacional o
social, posición económica, e incluso por razón de sexo. No obstante, el objeto
sería siempre menoscabar los derechos y libertades fundamentales de esta
persona y situarla en una posición de inferioridad.
Es
claramente una discriminación directa, ya que esta persona es tratada de una
manera menos favorable por razón de su origen racial y color, en principio.
También
es una discriminación abierta, ya que la mujer manifiesta abiertamente la razón
que motiva la diferencia de trato, ya que en dos ocasiones nombra la palabra
“negro”.
Podría
ser discriminación por error, pues no sabemos si el chico, aunque de raza
africana, pudiera ser de nacionalidad española.
Otro
tema es la interseccionalidad. Aquí podrían operar varias discriminaciones
interrelacionadas: ser migrante posiblemente, su origen étnico, color. Sufriría
discriminación por su pertenencia a múltiples categorías sociales
simultáneamente.
Una
de las maneras en que se podría reducir la desigualdad de trato y la no
discriminación sería mediante la mejora del acceso a los recursos públicos
básicos. Se debe garantizar el acceso a estos recursos y su calidad. Sobre todo,
educación, sanidad, un sistema de becas efectivo. Otra podría ser la reducción
de la brecha en los salarios y un sistema de cotizaciones justo y efectivo, que
haga aflorar la economía sumergida. Y diseñar un Salario Universal para todo
aquel que realmente lo necesite, pero con mucho control sobre las situaciones
fraudulentas.
BIBLIOGRAFÍA
https://youtube.com/watch?v=Bp_pvR8ntjk&si=asouPQZEGd0H2W6V
https://significado.com/discriminacion-directa-e-indirecta/
https://oneamexico.org/2023/05/25/mexico-un-pais-de-discriminacion-abierta/
https://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/edublog/iesnicolasestevezborges/?p=1421
https://iglesiacristovive.es/2021/12/07/la-declaracion-universal-de-los-derechos-humanos/
Comentarios
Publicar un comentario